Los montos de haberes previsionales de nuestro sistema fluctúan entre un haber mínimo garantizado legalmente, actualmente de $32.630 y una jubilación máxima o tope de $219.570. Entre esos montos se ubican el resto de los haberes previsionales del régimen común o general, siendo el de mayor porcentaje de percepción el haber mínimo garantizado.
A su vez, los mismos se van incrementando por aplicación de la ley de movilidad en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. La realidad es que la diferencia en los ingresos de los jubilados y pensionados muy elevada y esa diferencia se expande más aún ante cada aumento trimestral, dado que los mismos al ser porcentuales, se refleja en pesos mucho menos aumento en los haberes mínimos que en los máximos.
Por ello es necesario que aquellas personas que están próximo a jubilarse tengan conocimiento de cómo estará compuesto su haber de jubilación, y que quienes ya están Jubilados tengan presente de qué manera impacta en sus ingresos los aumentos del trimestre.
Cuando se sancionó la Ley 24.241 en 1994 se pensó en un sistema que funciona de manera inversamente proporcional, es decir que quienes poseen mayores remuneraciones en actividad, serán quienes menor haber previsional percibirán en la etapa pasiva y viceversa (porcentualmente hablando, aunque se visualice una diferencia muy grande entre los montos expuestos).
La realidad es que una persona que accede a un haber previsional máximo, percibió en actividad una remuneración casi del doble. Dicho esto, podríamos asegurar que quienes tienen remuneraciones importantes, tendrán un haber previsional entre el 35% al 60% de su sueldo (topeado en el haber máximo); mientras que quienes poseen menores ingresos, podrán acceder a una jubilación del 70% o más, con el haber mínimo de garantía.
La determinación del haber previsional depende no sólo de la cantidad de años que se logren acreditar en el expediente, sino además del promedio de las últimas 120 remuneraciones actualizadas, por lo cual no existe un porcentaje exacto para la definición del mismo, sino que depende de cada caso en particular.
Conclusión
Las personas que trabajaron y aportaron durante 30 años o más y tuvieron remuneraciones importantes, sufren un impacto negativo mayor al momento de jubilarse, dado que pierden entre el 40 y el 60% de sus ingresos; y viceversa, quienes tuvieron ingresos bajos en la etapa activa serán quienes, proporcionalmente hablando, percibirán un porcentaje mayor de los mismos.
Una vez ingresado al sistema, todos los beneficiarios percibirán aumentos de sus ingresos en función de la aplicación de la ley de movilidad previsional: estos aumentos son porcentuales (por ende son montos en pesos diferentes para cada beneficiario), ya que se definen en función del incremento de remuneraciones de trabajadores activos más la recaudación previsional.